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Reglamento y bases

PREMIO SUR

1. Concurrirán a los Premios Anuales de la Academia, todas las películas nacionales de largometraje estrenadas en Argentina en salas comerciales y con taquilla abierta al público, entre el 1 de enero de 2022 al 31 de diciembre de 2022, que hayan permanecido en cartel al menos siete días durante ese período. Se tomarán en cuenta únicamente todas las películas de nacionalidad Argentina, o coproducciones, con la condición que sean mayoritarias Argentinas. También podrán concurrir las películas nacionales de largometraje que hayan sido estrenadas en el mismo período, a través de plataformas de streaming VOD (video on demand) con acceso a usuarios en Argentina mediante suscripción”.

2. Se concederán los siguientes premios:
1. Mejor Película de Ficción
2. Mejor Película Documental
3. Mejor Ópera Prima
4. Mejor Serie de Ficción
5. Mejor Dirección
6. Mejor Guión Original
7. Mejor Guión Adaptado
8. Mejor Música Original
9. Mejor Fotografía
10. Mejor Sonido
11. Mejor Montaje
12. Mejor Dirección Artística
13. Mejor Diseño de Vestuario
14. Mejor Maquillaje y Caracterización
15. Mejor Actor Protagonista
16. Mejor Actriz Protagonista
17. Mejor Actor de Reparto
18. Mejor Actriz de Reparto
19. Mejor Actor Revelación
20. Mejor Actriz Revelación

3. El Consejo Directivo podrá conceder un Premio de Honor para la labor de toda una vida o para aquellos trabajos, relacionados con la producción cinematográfica, que no puedan incluirse en el marco de una de las especialidades académicas concretas. Cada año sólo podrá concederse uno de estos premios, que deberá ser votado por las dos terceras partes del Consejo Directivo.
4. Para todas las especialidades el Premio consistirá en una escultura diseñada expresamente para este fin, en edición exclusiva y numerada. El trofeo corresponderá a la persona que figure como máximo responsable, en la especialidad correspondiente, en los títulos de crédito de las películas. En ningún caso la candidatura podrá recaer en empresas, debiendo designar éstas el responsable máximo encargado de la especialidad. En caso de que hubiera varios responsables, se entregará una sola estatuilla, pudiendo solicitarse autorización a la Academia para realizar un duplicado del trofeo, siendo de su cargo los gastos de duplicación, no correspondiendo en ningún caso a la Academia.
5. Con el fin de asegurar la precisión de los datos relativos a los responsables de cada rubro, la Academia abrirá públicamente la convocatoria para la inscripción de las películas habilitadas según lo estipulado en el inciso 1, detallando la dirección digital de una plataforma diseñada especialmente para la carga de sus fichas técnicas y artísticas y su material audiovisual, estipulando un período de tiempo de inscripción. Los productores responsables de las películas habilitadas según lo estipulado en el inciso 1 no están obligados a satisfacer estos requerimientos y su falta de respuesta no afecta la participación de la película. Sin embargo, si al término del período de inscripción estipulado quedarán películas sin sus fichas de inscripción completas por negligencia, falta de interés o elección de los productores responsables la Academia sólo incluirá el título de la misma, dejando incompletos los datos técnicos y artísticos.
6. En cada rubro sólo pueden ser nominadas las personas que hayan participado de un largometraje elegible, cualquiera fuera su nacionalidad.-
7. La obtención del premio lleva implícito el ingreso en la Academia toda vez que lo solicite el ganador del mismo.-
8. El Premio a la Mejor Película de Ficción corresponderá al productor.-
9. El Premio a la Mejor Opera Prima y a la Mejor Película Documental corresponderá al director.-
Se entenderá como Opera Prima al primer largometraje, documental o de ficción, de uno o más realizadores, aceptándose, excepcionalmente, el segundo largometraje, si el/los anterior/es fuera/n codirigido/s con uno o más realizadores.
10. El Premio a la Mejor Serie de Ficción participaran todas las series de ficción que correspondan al año concursante.-
11. Al premio a la Mejor Dirección podrán acceder indistintamente los directores de películas documentales y de ficción. –
12. El premio al Mejor Guión se divide en dos categorías: Guión Original y Guión Adaptado. Se considera Guión Adaptado aquel que está basado en cualquier obra producida o publicada previamente.
13. Al premio a la Mejor Música Original sólo podrán acceder aquellas películas que, teniendo registrada la música de su banda sonora en SADAIC, al menos el 51% de la misma sea original, incluyendo en este porcentaje los títulos de crédito de cabecera o de final, según el «cue sheet» depositado en la misma. Aquellos títulos en los que la música preexistente, de dominio público, popular o de archivo, supere el 49 por ciento del total de la música, no podrán ser nominados para este premio y en consecuencia los votos que reciban serán declarados nulos.
14. El premio al Mejor Sonido y al Mejor Montaje será adjudicado a aquella persona (o personas) designadas en la ficha técnica de la película como responsable (o responsables) del sonido y del montaje, respectivamente. La Comisión de Sonido y Montaje de esta Academia certificará la responsabilidad de los designados. El premio se otorgará a la versión estrenada en la República Argentina.
15. El premio a la Dirección de Arte corresponderá a quien o quienes figuren con ese crédito en la ficha técnica de la película.
16. El premio al Mejor Diseño de Vestuario corresponderá a quien o quienes figuren como responsables del diseño y/o coordinación del mismo.
17. El premio al Mejor Maquillaje y Caracterización corresponderá a quien o quienes figuren como responsables del mismo o de su coordinación.
18. Los Premios al Mejor Actor/Actriz Revelación, se otorgará a aquellos actores/actrices noveles que hayan destacado por su primera interpretación cinematográfica pudiendo ser protagonistas, co-protagonistas o secundarios o el primer protagónico.
19. Las votaciones para los Premios Anuales de la Academia quedan reservadas exclusivamente a sus Miembros con derecho a voto de acuerdo a los estatutos, y serán sometidas a actuación notarial.
20. La votación se realizará digitalmente en la plataforma diseñada para estos fines con el sistema de “Voto único transferible”.
21. Las votaciones se realizarán en dos fases. En la primera fase los Miembros de la Academia con derecho a voto según los estatutos, elegirán cuatro nominados en los rubro/s correspondiente/s a la rama de especialidad que represente dentro de la entidad y en los tres rubros genéricos: «Mejor Película de Ficción», «Mejor Película Documental»,»Mejor Ópera Prima» y «Mejor Serie de Ficción».
22. Las ramas Dirección y Guión votarán de manera conjunta en la primera fase de votaciones.
23. Cada votante elegirá cuatro títulos y/o personas diferentes en la especialidad según corresponda, por orden de preferencia en su elección. En el primer puesto su primer elección, en el segundo la segunda y así sucesivamente. Aquellos títulos y/o personas que hayan recibido más votos según el sistema de recuento utilizado mencionado en el inciso 19, formarán la nominación correspondiente.
24. Para los premios de interpretación se indicará el nombre del actor o actriz y el título de la película por cuya labor se le vota. No resultará válido el voto por más de un título ni por el conjunto de la labor en el año.
Ningún actor podrá ser elegido si su voz ha sido doblada por otro actor. En los casos de películas con canciones, éstas podrán haber sido dobladas, a no ser que constituyan la parte esencial del papel.
27. Si a la hora del recuento de nominaciones apareciera dos o más veces el nombre de la misma persona, votado en la misma especialidad por distintas películas, el Notario deberá incluirlo sólo una vez en la nominación, y precisamente por la película por la que hubiera recibido más votos, descartando la otra u otras, para dar paso al nombre siguiente en número de votos.
Así mismo, una persona podrá estar nominada en más de una ocasión, por diferentes labores en distintas especialidades, si obtuviera los votos necesarios para ello. Por ejemplo, un director podrá ser nominado como director y como guionista por una misma película o por distintas películas.
28. Un actor o actriz podrá aparecer nominado como intérprete protagonista y como intérprete de reparto, simultáneamente, por distintas películas.
Si a la hora del recuento de las nominaciones un actor o una actriz aparecieran votados por una misma película ya sea como Interpretación Masculina Protagonista o Interpretación Femenina Protagonista y como Interpretación Masculina de Reparto o Interpretación Femenina de Reparto, respectivamente, el Notario deberá incluirlo en la categoría en la que haya recibido mayor número de votos.
Sin embargo, si un actor o una actriz aparecieran nominados en la categoría Revelación Masculina o Revelación Femenina, por un film, pueden ser también nominados como Actor Protagonista o Actriz Protagonista o Actor de Reparto o Actriz de Reparto respectivamente, por el mismo film siempre que hubiese recibido los votos necesarios para ello.
29. Una misma película puede ser nominada como Mejor Película de Ficción y Mejor Opera Prima o Mejor Película Documental y mejor Opera Prima, siempre que hubiese recibido los votos necesarios para ello.
30. Las nominaciones se harán públicas por orden alfabético.
32. En la segunda fase de la votación, la totalidad de los Miembros de la Academia con derecho a voto según los estatutos, elegirán los Premios de todos los rubros detalladas en el inciso 2 de las presentes bases, de acuerdo con las nominaciones establecidas en la primera fase de votación.
33. La segunda fase de la votación final detallará por orden alfabético los cuatro nombres correspondientes a cada nominación, y la votación se realizará ordenando los cuatro nombres por orden de preferencia o eligiendo uno solo de ellos.
34. En caso de empate, se compartirá la nominación o el Premio. Si se trata de un Premio, cada premiado recibirá su trofeo correspondiente.
En caso de un múltiple empate en la primera fase de votación que no permitiera establecer un máximo de cuatro nominaciones en alguna categoría, el Consejo Directivo podrá decidir aumentar o disminuir el número de nominados en esa categoría solicitando al Notario un detalle de las condiciones de empate para luego poder expedirse al respecto.
37. Para la fase de nominaciones, el Notario efectuará una sola acta en la que figurarán únicamente y por orden alfabético, los nombres de las personas y los títulos de las películas que componen las cuatro nominaciones, sin expresar el número de votos recibidos ni contener ningún otro título o nombre, aparte de los cuatro más votados. Dicho documento será entregado por el Notario al Presidente de la Academia, en sobre cerrado, durante una reunión de Consejo Directivo dispuesta para ese fin. Una vez comprobado que todos los resultados se ajusten a lo dispuesto por estas bases, el Presidente de la Academia podrá fijar la fecha y la modalidad del acto donde dichas nominaciones se harán públicas.
Asimismo el Notario confeccionará un acta para los Ganadores de los Premios, expresando únicamente el título de la película y el nombre del premiado (o premiados), sin que figure el número de votos recibidos ni ningún otro dato. Esta acta será entregada por el Notario al Presidente de la Academia o persona designada por él, en el mismo momento de la entrega de los galardones, en sobre cerrado junto a 20 sobres individuales con los nombres de los ganadores en cuyo exterior figurará únicamente el premio correspondiente.-
39. El Escribano interviniente podrá informar al Consejo Directivo de la Academia, si éste lo requiriese, el detalle de todos los votos registrados en cualquiera de las fases de votación. En el caso de la votación de los Ganadores del Premio, el Consejo Directivo sólo podrá requerirlo después de la entrega de los galardones.
39. El Consejo Directivo de la Academia velará en todo momento por la transparencia de cada votación.
40. El Consejo Directivo será la máxima autoridad en todo lo concerniente a la selección de las películas y el desarrollo del acto electoral.
41. En caso de conflicto el Consejo Directivo es el único órgano capacitado para interpretar estas bases y sus decisiones serán inapelables.